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sábado, 22 de diciembre de 2018

LA TREGUA DE DIOS.


En el año 1905 la Iglesia, a través del Pontificado, promulgo una serie de normas denominados como la "Tregua de Dios". Todos aquellos que seguían las mismas eran absueltos de sus pecados o excomulgados en caso contrario.
Las normas eran:
- No invadiré de ningún modo la Iglesia; no forzaré las dependencias en torno a la Iglesia, a causa de la protección que le es debida.
- No asaltaré a clérigo o monje que no lleve armas seculares, ni a quien va con ellos sin lanza ni escudo; ni me apoderaré de su caballo, a menos que haya cometido alguna falta de la que pueda quejarme.
- No robaré ni buey, ni vaca, ni cerdo, ni oveja, ni cordero, ni asno ni la carga que lleva, ni yegua ni potro.
- No robaré a villano ni villana ni a los comerciantes; no tomaré su dinero, no les exigiré recate, no me apoderaré de su haber y no los azotaré para obtener sus bienes.
- No cogeré a la fuerza mulo, mula, caballo, yegua ni potro, paciendo desde el 1 de marzo hasta la fiesta de todos los santos, salvo si veo que me hacen daño. No incendiaré ni destruiré las casas.
- No cortaré, ni arrancaré ni vendimiaré las viñas de otro bajo pretexto de guerra, a no ser que estén en mi tierra.
- No destruiré ningún molino y no robaré el trigo que allí se encuentre, a no ser que esté encabalgado o cosechado, y se halle en mis tierras.
- No protegeré al ladrón conocido de camino real.
- No asaltaré al comerciante ni al peregrino, ni tomaré sus bienes si no son culpables de nada.
- No mataré a los animales de los villanos, salvo para mis necesidades y la de los míos. No desvalijaré al villano ni le tomaré con perfidia sus bienes so protexto de ser su señor.
- No asediaré a las mujeres nobles que estén sin marido, ni a quienes las acompañen.
- No quitaré el vino a quienes lo llevan en su carro, ni a los bueyes que lo tiran.

Iglesia